Tarjetas revolving y su falta de transparencia
Como ya hemos comentado en otros posts, la vía principal de reclamación de las Tarjetas Revolving es la usura y la Ley Azcárate de 1908, pero no es la única. Dependiendo del año de contratación y del interés aplicado a la tarjeta, hay ocasiones en los que la tarjeta no está dentro de lo que los tribunales españoles están considerando como usura. Para algunos de esos casos se está utilizando otra vía para las reclamaciones, la falta de transparencia en su comercialización y contratación.
Sin entrar en demasiado detalle en cuanto a la falta de transparencia en la comercialización y contratación de productos financieros, hay que saber que las entidades están obligadas a la transparencia en la información publicitaria, tienen la obligación de proporcionar explicaciones adecuadas a los clientes, tienen que facilitarnos información precontractual y tienen que mantenernos informados y darnos acceso a documentación una vez contratado el producto financiero.
Un ejemplo de falta de transparencia sería el hecho de que puedan vender un producto financiero complejo como una Tarjeta Revolving a un consumidor en un centro comercial, en una parada de metro o durante una llamada telefónica. Es difícil que en ese entorno quien vende el producto sea un profesional financiero que pueda facilitar las explicaciones adecuadas sobre el contrato que está vendiendo, donde nos muestre de forma equilibrada las ventajas y los riesgos del producto. Además, debería entregar al cliente el documento de «Información Normalizada Europea» (INE) sobre el crédito al consumo con la debida antelación, por supuesto, antes de que el cliente asuma cualquier obligación contractual.
Otros ejemplos de falta de transparencia son, por ejemplo, en cuanto al formato, el tamaño de la letra que si es demasiado minúscula impide la correcta lectura del contrato. En cuanto al contenido, la falta de transparencia puede ser debida a la complejidad de la fórmula matemática con la que se calcula mensualmente la deuda pendiente, o al prefijado del pago de la cuota mínima, cuestión que alarga prácticamente de forma indefinida la amortización del crédito dispuesto. Es de tal importancia el prefijado de la cuota mínima que puede incluso convertir en perpetuo el crédito si las cuotas tan solo cubriesen intereses y comisiones.
En definitiva, hay una gran cantidad de Tarjetas Revolving que, aunque no se puedan reclamar por usura por un interés especialmente alto, pueden reclamarse por varios puntos relativos a la falta de transparencia y al igual que en lo relativo a los contratos con usura, la falta de transparencia en la contratación de un producto financiero no prescribe, aunque ya esté amortizado. Si un producto financiero fue contratado con falta de transparencia, esté o no esté amortizado, se puede conseguir la anulación o de todo el contrato o al menos de alguna de sus cláusulas.
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